El Decreto 814/2001, creó dos grupos de alícuotas correspondientes a las contribuciones patronales destinadas a los subsistemas de la Seguridad Social, a saber:
a) 21% para los empleadores cuya actividad principal sea la locación y prestación de servicios con excepción de los comprendidos en las leyes 23.551, 23.660, 23661 y 24467.-
b) 17% para los restantes empleadores no incluidos en el inc. anterior.
Luego el Decreto 1009/01 en su artículo 1° dispuso: A efectos de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 814 de fecha 20 de junio de 2001, modificado por la Ley N° 25.453, resultan comprendidos en el inciso a) del primer párrafo de la referida norma, aquellos empleadores cuya actividad principal encuadre en el sector «SERVICIOS» o en el sector «COMERCIO» de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 24 de fecha 15 de febrero de 2001, y su modificatoria, siempre que sus ventas totales anuales, calculadas en función de lo previsto en la citada Resolución, superen, en todos los casos, los CUARENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($ 48.000.000).- VALOR QUE NUNCA FUE ACTUALIZADO al igual que la RG 1095/2001 de AFIP reglamentaria del mencionado decreto que hace también referencia a los $ 48.000.000.- en su art 2°, en contraposición de los topes de la Resolución 24/01(reglamentaria de la Ley 25300) que si se fueron actualizando hasta la fecha, según Res. 103-E/2017.-
Lo expuesto anteriormente conlleva a una controversia en la interpretación de las normas ya que AFIP mantiene los topes máximos de facturación fijados en la suma de $ 48.000.000.- en contra posición con los establecidos por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa quien fue actualizando dichos valores, a pesar de que a la hora de redactar la normativa AFIP se basó en la Res 24/01 de la SPYME.-
Conclusión: Interpretamos que el Dcto 814/2001 se dictó a los fines de establecer las bases para el crecimiento sostenido, la competitividad y el empleo con una diferenciación en las alícuotas destinadas a las contribuciones patronales. Hacer que cada vez más Pymes ingresen al universo de grandes empresas, aumentando los costos laborales, va en contraposición a sus considerandos.-
Por último, cabe aclarar, que los casos que llegaron a la Justicia y que se pudieron constatar, tuvieron sentencia favorable para los contribuyentes.
